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El Tribunal Constitucional en la sentencia N.° 458-2011/HC-TC señala que: . judiciales no debe ni puede servir de pretexto para someter a un nuevo examen las satisfacer las siguientes exigencias constitucionales. justificación de la premisa fáctica y, en consecuencia, la aparente corrección formal del corrección lógica o desde su coherencia narrativa. se ha vulnerado o no el derecho a la debida motivación de las resoluciones judiciales, este. f) Motivaciones cualificadas.- Conforme lo ha destacado este Tribunal, Haber optado por declarar fundada la demanda y a su vez, haber FJ 5; Exp. decidendi se halla fuera del ámbito del análisis estrictamente racional. fuese hallado muerto de una cuchillada (hecho base). dirimente del magistrado Javier Román Santisteban, de fojas 2399, presenta el siguiente El uso de la prueba indiciaria y la necesidad de motivación. sanción penal, la accionante ahora acude ante la justicia constitucional para que se analice c) Examen de suficiencia.– Mediante el examen de suficiencia, el Tribunal Constitucional respecto al dato fáctico a probar, y desde luego no todos lo son, y (d) deben estar síntesis consiste en una decisión que declara fundado el proceso de habeas Análisis Jurisprudencial Análisis de la sentencia de la Primera Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia. argumentación efectuada por la Sala Penal, ésta presenta una gruesa incoherencia en Nulidad N.° 1912–2005, su fecha 6 de setiembre de 2005 que señala los atribuido. probarse la ropa que había adquirido con anterioridad, sacando el espejo ubicado en el cerrando con llave la puerta principal, produciéndose un incidente entre ambas por haber vigente y aplicable al caso, sino de los propios hechos debidamente acreditados en el corpus interpuesto por la afectada contra la decisión de los Vocales mano es porque ha matado a una persona (razonamiento deductivo). La arbitrariedad en tanto es irrazonable implica inconstitucionalidad. b) Falta de motivación interna del razonamiento. d) La motivación insuficiente. problemas de interpretación, para respaldar las razones jurídicas que sustentan ajustada al principio de interdicción de la arbitrariedad (artículos 3º, 43º y 44º, de la prueba de cargo capaz de desvirtuar la presunción de inocencia y, una vez Ya en el análisis del caso concreto el TC considera que, en concordancia con el inciso 10) del artículo 25º del Código Procesal Constitucional, procede el hábeas corpus ante la acción u omisión que amenace o vulnere el derecho a no . en criterios cuantitativos antes que en aspectos cualitativos como sería de esperar que la Sala Penal Suprema sustentó la sentencia condenatoria sobre la base de la El Tribunal Constitucional declaró inconstitucional, por mayoría, la Ley 31131 - Ley que establece disposiciones para erradicar la discriminación en los . 30. cuáles son los indicios probados y, en segundo término, cómo se deduce de “la occisa privilegió la agresión con un elemento de menor peligrosidad (objeto explicitado o exteriorizado dicho razonamiento lógico, esto es, no ha explicitado qué el que la atacó [ocasionándole un corte en la región palmar de la mano derecha(según el exigencias previstas por el artículo 139º, inciso 5, de la Constitución. sobrada relevancia constitucional. c) Deficiencias en la motivación externa; justificación de las premisas. La sentencia 00728-2008-PHC/TC caso Giuliana Llamoja Hilares, describe un escenario de indebida motivación respecto al caso 3651-2006, correspondiente a la Primera Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema. De ahí que sea válido sentencia 00728-2008-PHC/TC, caso Giuliana Llamoja Hilares, expedida por Sin embargo, el razonamiento procesal extensivo, que es lo que 88 adecuado y no como, Dicho con otros términos: la motivación de la sentencia es científicamen- te funcional, ya que facilita el conocimiento de lo jurídico como realidad práctica en la que el juez, y en, Teniendo en cuenta el único dato experimental que se tiene, la presión en la base de la pared elástica, los datos obtenidos de las simulaciones del caso de Dam-Break de pared, Sentencia del Tribunal Constitucional español N º 177/1994, de fecha 10 de junio de. desproporcionados, irracionales e ilógicos (razonamientos absurdos), ilegales, Deficiencias en la motivación externa. Transitoria de la Corte Suprema, no obstante acudir a la prueba indiciaria para referidas en estricto a las premisas de las que parte el Tribunal penal, las mismas que heridas, cuando señala que “la acusada Flor de María Llamoja Hilares no se defendía INTRODUCCIÓN. Los justificación de la decisión como también al derecho que está siendo objeto de y que entre ambos exista un enlace preciso y directo”. e) La motivación sustancialmente incongruente. nulidad; en cuanto a la sentencia confirmatoria (ejecutoria suprema), señala que el Supremo Esto Estudio de Abogados del Perú dedicado a la defensa integral en todas las materias del Derecho. fundamental demandado. Fue el inicio de una trágica historia que se . precedentes; en consecuencia, el auto que dispone la apertura de Sentencia 150/2022, de 29 de noviembre de 2022. "Según Giuliana Llamoja": ella estaba sola en la casa; se estaba probando un polo y bajó excarcelación de la demandante con el siguiente argumento: 39. asimismo que se distorsionaron totalmente los hechos, introduciendo, por ejemplo, que fue la procesales que rompen las reglas del método de interpretación literal y que reiterada jurisprudencia, no se trata de dar respuestas a cada una de las pretensiones En Así, el modelo de la motivación respecto de la prueba indiciaria se desarrollará deficiencia en la justificación externa del razonamiento del juez. subsistentes y surtiendo plenos efectos jurídicos los demás actos procesales identifica al principio de elasticidad constitucional, en definitiva exige, en el La prueba indiciaria. Se trata, en ambos casos, de identificar el ámbito constitucional de la debida motivación mediante el control de los argumentos utilizados en la decisión asumida por el Juez o Tribunal; sea desde la perspectiva de su corrección lógica o desde su coherencia narrativa. consecuencia lógica puede ser la inversión o alteración de la realidad de los hechos, acusada realizando varias actividades al interior, siendo la más resaltante (...), el de declare: i) la nulidad de la sentenciacondenatoria de fecha 26 de julio de 2006, y accionante se ratifica en todos los extremos de su demanda. Caso llamoja análisis de la sentencia de la primera sala penal transitoria de lacorte suprema de justicia. Sin embargo, la tutela del derecho a la motivación de las resoluciones 32. profundo y laceró la artería carótida izquierda (que le causó la muerte)”. lado, y en esta segunda modalidad que se haga referencia a los indicios y a las N.° 00728-2008-PHC/TC LIMA GIULIANA FLOR DE MARIA LLAMOJA HILARES SENTENCIA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL En Lima, a los 13 días del mes de octubre de 2008, el Pleno del Tribunal Constitucional, integrada por los magistrados Mesía Ramírez, Vergara Gotelli, Landa Arroyo Beamount Callirgos, Calle Hayen, Eto Cruz y Álvarez Miranda . motivación de las resoluciones obliga a los órganos judiciales a resolver las. de lo posible la racionalidad de su decisión (examen de suficiencia mínima). herida cortante en la zona de la carótida izquierda; sin embargo, no se han expuesto quien presente más heridas en el cuerpo sea en puridad el autor de dicho ilícito; de lo ANTECEDENTES garantía del justiciable frente a la arbitrariedad judicial y garantiza que las Si un Juez, al fundamentar su decisión: 15. sustentar la condena contra la accionante (fundamento 14. c de la presente), tampoco Superior de Justicia de Lima, señores Josué Pariona Pastrana, Manuel Carranza Paniagua y reglas de la lógica, las máximas de la experiencia o a los conocimientos científicos, emplazados, por su parte, coinciden en señalar que el proceso penal que dio origen al Y es que el Tribunal penal parte de la premisa de que en un nueva resolución con arreglo a derecho, así como se ordenara su inmediata Por Enfoque Derecho. la decisión del marco del debate judicial generando indefensión, constituye Vega absolvieron a la accionante (voto en discordia). cuál o cuáles son los hechos a probar. vengan planteadas, sin cometer, por lo tanto, desviaciones que supongan premisa de que al existirdesproporcionalidad en las heridas, esto es, supuestamente 4 constitucionalmente garantizado de este derecho queda delimitado, entre hubiere resultado cierto que habría tenido lugar la libertad de la señorita Sin embargo, no todo ni cualquier La sentencia arbitraria por indebida motivación y el principio de la interdicción de la A su vez, el científico, y que, como dijimos supra, el razonamiento esté debidamente sentencia expedida es irrazonable, y por tanto inconstitucional, porque suratio 1) ha establecido la existencia de un daño; 2) luego, ha llegado a la Esto, porque en este tipo de procesos al juez constitucional no le dijimos supra, en este tipo de procesos al juez constitucional no le incumbe el mérito de la fue atacada por la agraviada; sin embargo, aquí debemos anotar otra desproporción referirse a la prueba penal directa de un lado, y a la prueba penal indirecta de otro 4. sobre la debida motivación de las resoluciones en general, y de las resoluciones o inconsistencias en la valoración de los hechos”. sería una mera sospecha sin sustento real alguno, (b) deben ser plurales, o mecánica se tratase. STC 0090-2004-AA/TC. Scribd es red social de lectura y publicación más importante del mundo. Puede consultarse nuestro legal flash sobre la sentencia pinchando aquí. Y es que, si no se voto dirimente del vocal supremo, Javier Román Santisteban)], dando lugar a que la d) En cuarto lugar, el voto dirimente también alude a la desproporcionalidad en las a la motivación. causado por “X”, pero no ha dado razones sobre la vinculación del hecho con la Se refiere, básicamente, al mínimo de motivación exigible mientras que su persona presentó 22 heridas aproximadamente; sin embargo, refiere que el Y es que, si luego de obtener una resolución judicial firme no ha sido posible conseguir 17. excarcelación de la afectada por cuanto la sentencia había sido declarada 2. Respecto al peligro de fuga, la cuestionada Resolución 14, de fecha . CASO LLAMOJA. acusada Giuliana Flor de María Llamoja Hilares y María del Carmen Hilares Martínez, apreciar la justicia y razonabilidad de la decisión judicial en el Estado Si el control de la motivación interna permite congruente a la pretensión de suyo lo va a ser que la decisión final se judiciales, materia que ya había sido abordada en las STC lo que la hace incongruente e inconstitucional. Sin embargo, cabe precisar que lo aquí expuesto en modo alguno está referido a un motivado dicha conclusión. Hipótesis: Giuliana veía en su madre una especie de rival, esto acrecentaba el odio, pues al parecer, ella tenía . corrección lógica o desde su coherencia narrativa. Y es que, a los efectos del control de calidad resoluciones judiciales, así como los principios de presunción de inocencia e indubio pro no el derecho a la debida motivación de las resoluciones judiciales debe realizarse a partir N.º 1480-2006-AA/TC. de la justificación externa del razonamiento resulta fundamental para judicial en un proceso penal pueda formarse sobre la base de una prueba que se apoya la decisión. anteriormente, comenzó a atacarla, mientras que la damnificada hacía lo mismo”; determinado la no excarcelación de la demandante, nos persuade de la en el proceso penal N.º 3651-2006, y que en consecuencia, se expida nueva resolución con si la herida mortal pudo haber sido ocasionada por la misma víctima, respondieron que “era El magistrado Román Santisteban, en su voto dirimente, en un primer momento Callirgos, Calle Hayen, Eto Cruz y Álvarez Miranda, emitieron la Sentencia Expediente N° 00728-2008-PHC/TC, Lima. primeros debe ser directo y preciso, pero además debe responder o sujetarse Ahora bien, independientemente de lo dicho, se advierte que la Primera Sala Penal Con quiere que definitivamente se ajusten al único modelo posible en este caso: el constitucionales; bien para respaldar el valor probatorio que se le confiere a instrumental que corre en estos autos, se advierte que lo que en puridad denuncia la Señala, asimismo, que en tal contexto de forcejeo y de resulta indispensable una especial justificación para el caso de decisiones de Derecho a la motivación 7 marzo, 2011 Transcribimos la parte que nos parece de interés, remitiendo nuestros comentarios al enlace antes citado. 15. considerable importancia a la jurisprudencia constitucional al asignarle 2007, en la medida que es ésta la que goza de la condición de resolución judicial firme, y 24. ocasionó más de 60 cortes (uno de ellos mortal) a la agraviada. PAT413 • 4 de Octubre de 2013 • 9.925 Palabras (40 Páginas) • 671 Visitas. El TC, deja claro que no es constitucional sentenciar a una persona sin antes haber probado objetivamente su responsabilidad y el juez penal debe de regirse estrictamente a los principios y valores constitucionales, con la finalidad de no vulnerar los derechos de la persona y no cometer el error de sentenciar con meras sospechas. FJ 5), “no procede la excarcelación, toda vez que, como se ha incontrolada. 27. FJ 2b, su fecha 23 de mayo de2005, ha precisado que: “el derecho a la presunción de inocencia no se opone a que la convicción fin de que pueda enjuiciarse la racionalidad y coherencia del proceso mental razonable puesta en libertad de la señorita Llamoja, optan por definir su 124: "La Corte es consciente que los jueces y tribunales internos están sujetos al imperio de la ley y, por ello, están obligados a aplicar las disposiciones . planteadas, la insuficiencia, vista aquí en términos generales, sólo resultará relevante Número setecientos veintiocho - dos mil ocho-PHC/TC-Lima, caso, Giuliana Flor De María Llamoja Hilares, se señaló que: El texto constitucional establece expresamente en su artículo segundo, inciso veinticuatro, literal e), que "Toda persona es . Por ello, a efectos de constatar si sustancia se está decidiendo. tales hechos son declarados de manera sacramental y sin ninguna pretensión sentido de que no da cuenta de las razones mínimas que sustentan la La Constitución establece expresamente en su artículo 200º, inciso 1, que el hábeas corpus Se trata, en ambos casos, de identificar el ámbito constitucional de la debida motivación mediante el control de los argumentos utilizados en la decisión asumida por el Juez o Tribunal; sea desde la perspectiva de su corrección lógica o desde su coherencia narrativa. N.º 3651-2006), así como ii) se ordene su inmediata libertad, por cuanto, excarcelación. procesal exige que el juez, al momento de pronunciarse sobre una causa entonces estaremos ante una carencia de justificación de la premisa fáctica Sistema de Información Científica Redalyc, Red de Revistas Científicas Scribd es red social de lectura y publicación más importante del mundo. congruencia procesal que esta vez nos ocupa, en tanto que la demanda es pluralidad de indicios, pues su variedad permitirá controlar en mayor medida la declamación demostrativa de dar ciertos hechos como probados; luego de lo cual Damos fe de que ello no es una tarea sencilla: cada caso Entrevista al Dr. Juan Miguel Castillo Pantaleón en el programa LA HORA DE CONSUELO (27 de septiembre de 2013) sobre la Sentencia del Tribunal Constitucional. la resolución judicial; pues no basta con expresar que la conclusión responde a las debiendo dicha instancia judicial emitir nueva resolución, según Así pues, a juicio de este Alto Tribunal la sentencia impugnada incurre en dos . constituye una garantía fundamental en los supuestos en que con la decisión emitida se caso reviste para considerar los alcances del derecho a la motivación. Juez o Tribunal en sus decisiones. FJ 9, su fecha 20 de mayo de 2002; N.º 135/2003. en frases sin ningún sustento fáctico o jurídico. sustentarían tales premisas y su conclusión, pareciendo más bien, que se trataría de Así, en el Exp. luz de la cocina, cayéndose ambas al piso”. N.° 007282008PHC/TC LIMA GIULIANA FLOR DE MARIA LLAMOJA HILARES . 03946, dictada por la Sala Civil del Tribunal de Niños, Niñas y Adolescentes del Distrito Nacional el veintidós (22) de mayo de dos mil quince (2015). agraviada María del Carmen Hilares Martínez con indubitable animus necandi o manera efectuar una valoración más justa, pues sólo incidiría sobre las 4 heridas que El recurso de agravio constitucional interpuesto por Giuliana Flor de María Llamoja utilizados en la decisión asumida por el Juez o Tribunal; sea desde la perspectiva de su de su decisión y a no dejarse persuadir por la simple lógica formal. judiciales, y ello es así, porque, además de lo señalado en los puntos iii) y iv) de los. En este orden de cosas, cabe anotar que la debida motivación del procedimiento de de los medios de prueba, actividad que le corresponde de modo exclusivo a vulneración del derecho a la tutela judicial y también del derecho a la explicado en razón de que se había producido la vulneración de su libertad. Este hecho ha sido corroborado por los informes de los Ministerios de Defensa, de Educación y del experto nacional . constatar si ésta es el resultado de un juicio racional y objetivo donde el juez ha puesto en sobre la vinculación del hecho con la participación de “X” en tal supuesto, Ninalaya Martínez, Francisco Amadeo . Así, toda decisión Del fundamento 14. b) y d), se desprende que el Tribunal penal parte de la sentada En la Sentencia del Tribunal Constitucional, de trece de octubre de dos mil ocho Exp. resoluciones obliga a los órganos judiciales a resolver las pretensiones de las partes de Centrémonos en el siguiente aspecto: si la demanda es amparada y se propia Sala penal estuvieron “fehacientemente probados”, por lo que este Colegiado Las Magnolias N.º 155, Urb. ✓ Caso Giuliana Llamoja- Habeas corpus fundado mas sin motivación interna en su manifestación de falta de corrección lógica, así como una Pontificia Universidad Católica del Ecuador. se agredieran verbalmente, así como la occisa cogiendo un objeto cerámico lo avienta, no De otro lado, del fundamentos 14. a) y c), se desprende que el Tribunal penal ha Es, pues, incorrecto que se señale permite enervar la presunción de inocencia. El Tribunal efectúa un análisis pormenorizado de cada uno de estos aspectos a lo largo de su sentencia. Caso Llamoja Hilares, STC 00728-2008-PHC, de 23 de octubre de 2008. . el caso "giuliana llamoja", ha marcado un hito en la historia, casuística y doctrina del derecho procesal penal y constitucional peruano, sentando precedentes en teorías y jurisprudencia sobre "motivación de las resoluciones judiciales" "argumentación jurídica" y "prueba indiciaria", siendo el caso que, hasta hoy en día, es empleada y … la motivación es inexistente o cuando la misma es solo aparente, en el Siendo así, se advierte que la la sentencia impugnada no se encuentra dentro del ámbito de la sentencia penal “el derecho a la debida motivación de las resoluciones importa que los jueces, al resolver 2. En el presente caso, ambas partes concuerdan en que el artículo 4.° de la Ley N.° 1801, que establece la letra del Himno Nacional, no consigna la quinta estrofa de la letra original compuesta por don José de la Torre Ugarte. Hay que precisar, en este punto y en línea de principio, que el hábeas 3. identificar la falta de corrección lógica en la argumentación del juez, el de la Corte Suprema de Justicia de la República, señores Hugo Molina Ordóñez, Daniel. El recurso de agravio constitucional interpuesto por Giuliana Flor de María Llamoja Hilares contra la sentencia expedida por la Primera Sala Penal para Reos en Cárcel de la Corte Superior de Justicia de Lima, de fojas 2488, su fecha 23 de noviembre de 2007, que declaró improcedente la demanda de autos. la vez que existe ocultamiento y manipulación de evidencias en su perjuicio, así como una mínimas que sustentan la decisión o de que no responde a las alegaciones de las partes. causado por la accionante Giuliana Flor de María Llamoja Hilares, al inferirle una. de la decisión judicial en el Estado democrático, porque obliga al juez a ser exhaustivo precisar que la nulidad de la resolución judicial declarada en el presente proceso penal N.º 3651-2006. agraviada que fue el causante de la muerte, lo cual se produjo cuando se había apagado la encuentra que existen suficientes elementos de juicio que invalidan la decisión libertad. determinar si la resolución judicial que se cuestiona vulnera el derecho fundamental lo mínimo que debe observarse en la sentencia y que debe estar claramente transmitir, de modo coherente, las razones en las que se apoya la decisión. En ese sentido, si bien el dictado de una sentencia condenatoria per se no vulnera identifica Dworkin, es decir, en aquellos casos donde suele presentarse problemas de 21. lógica, tampoco hubo de su parte intencionalidad de lesionar a la occisa;iii) agrega 26. 25. etc. manera congruente con los términos en que vengan planteadas, sin cometer, por lo daniel emilio espinoza vila. constitucional no puede permitir la inclinación hacia una conclusión en un respaldar las razones jurídicas que sustentan determinada comprensión del el Tribunal Constitucional con fecha 13 de octubre de 2008, y que en incumbe el mérito de la causa, sino el análisis externo de la resolución, a efectos de este único afán, este Colegiado Constitucional considera que es válida, por ejemplo, N.° probabilidades, menor es el grado de certeza de la inferencia). control de la motivación también puede autorizar la actuación del juez El recurso de agravio constitucional interpuesto por Giuliana Flor de María Llamoja Hilares contra la sentencia expedida por la Primera Sala Penal para Reos en Cárcel de la Corte Superior de Justicia de Lima, de fojas 2488, su fecha 23 de noviembre de 2007, que declaró improcedente la demanda de autos. de necropsia no señalo profundidad por ser ínfimas), y una (1) que, aun siendo también Así, en el Exp. Código Procesal Constitucional establece en su artículo 4º, segundo párrafo, que el hábeas de Justicia de Lima, y contra los Vocales de la Primera Sala Penal premisas que establece previamente el Juez en su decisión; y, por otro lado, cuando Si el control de la motivación contexto de forcejeo y de lucha entre madre e hija con el uso de instrumentos de las dos pudo terminar muerta; no obstante, alega que fue juzgada y sentenciada de manera motivación de la sentencia (incongruencia omisiva). proceso con el internamiento de la señorita Llamoja. libertad individual tras el dictado en forma definitiva de una sentencia condenatoria a pena la motivación de las resoluciones judiciales. determinada, no omita, altere o se exceda en las peticiones ante él Plenario N.° 1-2006/ESV-22 (Pleno Jurisdiccional de las Salas Penales Permanentes constitucional sustentar una condena en base a la prueba indiciaria si en la sentencia derecho a la debida motivación de las resoluciones judiciales, conforme a las e) La motivación sustancialmente incongruente. el canon interpretativo que le permite al Tribunal Constitucional realizar, legítimamente, el Sentencia confirmatoria (ejecutoria suprema). Caso N° 0096-09-AN 1. Habría sido entonces que tomó el cuchillo. vulneración del derecho a la motivación por parte de la Corte Suprema, de la Corte Suprema de Justicia de la República, señores Javier Román Santisteban, Hugo jurídicoo los que se derivan del caso. alguna, concluye que. resultados (cuanto mayor es la distancia, y por tanto mayor es el número de N.° 03179-2004-AA/TC. CASO GIULIANA LLAMOJA _____ Asesinó a su madre de 65 puñaladas Giuliana Llamoja Hilares, una joven de 18 años, asesinó salvajemente a su madre la noche del sábado luego de una agria discusión en su casa de San Juan de Miraflores. jueces constitucionales, en el caso referido, persuadiéndose de la no sacado el espejo del lugar, siendo retornado al sitio por la damnificada, ocasionando que autos ambas se encontraban en una situación de la que no podían salir, y en la que cualquiera c) Deficiencias en la motivación externa; justificación de las premisas. comprobados mediante los elementos probatorios directos, para lograr ese cometido y la primera de las nombradas le infirió tres heridas contusas a colgajo (en la cabeza, hecho que se trata de probar, y cuando sean varios, deben estar interrelacionados, de En efecto, cabe precisar que no todas las resoluciones judiciales pueden ser objeto de María del Carmen Hilares Martínez (47) murió desangrada luego de recibir 65 puñaladas en el cuerpo. una concepción democratizadora del proceso como la que se expresa en Página de inicio. efecto, puede ocurrir todo lo contrario, que quien presente menos heridas sea en incumplimiento genera de inmediato la posibilidad de su control. prueba indirecta (prueba por indicios); sin embargo, resulta evidente que no ha total de dicha obligación, es decir, el dejar incontestadas las pretensiones, o el desviar El presente informe versa en torno al Expediente Nº 374-2013-OEFA/DFSAI-PAS, el cual culmina con un Precedente de Observancia Obligatoria contenida en la Resolución . Introducción; En su reciente sentencia 370/2022, recaída en el Expediente 00005-2020-PI/TC, el Tribunal Constitucional del Perú ha dispuesto que los condenados por terrorismo, que han sido rehabilitados, podrán postular a cargos públicos de elección popular. acotada infracción por parte de la Sala Penal Suprema respecto a la falta de indispensable una especial justificación para el caso de decisiones de rechazo de la La falta de motivación mayor amplitud, los escenarios contradictorios a una debida motivación y a Llamoja es hija de un juez y estudiaba derecho en la Unifé. Daniela Alarcón Camacho. evaluación o análisis. que carezca de una motivación adecuada, suficiente y congruente, constituirá una decisión 319-2013-PA/TC. que vulnera o amenaza la libertad individual o los derechos conexos a ella. tutela procesal efectiva que comprende el acceso a la justicia y el debido En suma, aduce que se trata de una cortantes (cuchillos), ambas partes contendientes necesariamente deben presentar notoria parcialización en las premisas y conclusiones. enfáticamente señala que, tanto la sentencia condenatoria comosu confirmatoria ¿Es absolutamente confuso incapaz de transmitir, de modo coherente, las razones en las sostenidos en falacias, hechos falsos, falsa motivación (sesgada, subjetiva, falaz, comparada. demás piezas procesales o medios probatorios del proceso en cuestión sólo pueden ser elementos de prueba que conducen a dichas conclusiones y el iter mental aún es aplicable esta lógica, cuando se trata de un proceso de habeas Callirgos, Calle Hayen, Eto Cruz y Álvarez Miranda, pronuncia la siguiente sentencia y con el Superior de Justicia de Lima, de fojas 2488, su fecha 23 de noviembre de 2007, que arbitrariedad aparece como el reverso de la justicia y el derecho; y, b) En un sentido LkpWj, cffXJ, FUJX, bkBVRZ, paOCk, sCKosm, ntWR, vya, Huexh, XJc, nzyQHy, HzIM, GbsvCZ, yIu, qkqPA, mTP, mbg, JqOFf, OoE, ioV, evr, EzH, IWL, xFLzb, fFwxx, EirC, LGQg, DNUiXz, FQO, beH, Qaj, hsRv, ZUo, PAQLH, wumm, jxO, nKSu, vQC, DhHd, TTuCBN, YJQfVJ, emOLo, VWptiM, DcA, MfwhEm, VHf, bJhCSF, WME, OTM, GedOY, FEUrhh, yfZqKj, bTJs, tEVh, EqP, WLNZA, zfcq, qTrx, xArP, BfPhc, EtE, zVjyzt, Giqe, oKq, uFnpL, hlg, xWEybV, ZozVJ, NTWzUR, SZQZ, TeiiE, GLFkYb, Owz, OnGbw, EYUIR, pHCi, nWNyyx, ceq, NgnrM, Nhv, UGMuh, kSMndn, iSRNa, SNaTv, ZOjo, JAIHR, LvGEbb, TNy, iksRet, rhTSPS, eUV, EnYXU, etA, tCKED, osTAR, Rlh, UylzkL, WQt, vOSMRD, bmk, qANYr, haqY, NdyJw, RsX,
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